Traducciones certificadas · Cuba

Documentos civiles de Cuba para USCIS — traducción certificada, bien hecha.

Actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción de Cuba, traducidas al inglés con la certificación firmada que exige USCIS, por una traductora que trabaja en español e italiano todos los días.

Qué documento pedir en Cuba

Los documentos de estado civil de Cuba los expide el Registro del Estado Civil, dependiente del Ministerio de Justicia (MINJUS), que expide certificaciones de nacimiento, matrimonio, defunción y soltería; la solicitud puede iniciarse en línea en minjus.gob.cu, pero el pago y la recogida se hacen en Cuba. Los que con más frecuencia hacen falta en un expediente migratorio estadounidense, y cómo se llaman:

Certificación de nacimiento

ENbirth certificate

Certificación de matrimonio

ENmarriage certificate

Certificación de divorcio / sentencia de divorcio

ENdivorce certificate or judgment

Certificación de defunción

ENdeath certificate

Qué exige USCIS

La norma es breve y es la misma para todos los países. Según el 8 CFR 103.2(b)(3):

Any document containing foreign language submitted to USCIS shall be accompanied by a full English language translation which the translator has certified as complete and accurate, and by the translator's certification that he or she is competent to translate from the foreign language into English.

De ahí se siguen tres consecuencias. La traducción debe ser completa: todos los sellos, timbres, notas marginales y anotaciones manuscritas, no solo las casillas con nombres y fechas. Debe ir acompañada de la certificación firmada del traductor sobre su exactitud y competencia; el reglamento no exige que la certificación se notarice, aunque la notarización está disponible cuando un tribunal o un consulado la pide. Y el documento original se presenta normalmente en copia: el 8 CFR 103.2(b)(4) remite a las instrucciones de cada formulario, que piden copias, y el 8 CFR 103.2(b)(5) permite a USCIS pedir el original en cualquier momento y devolverlo tras la adjudicación.

Si un documento no existe o no puede obtenerse, el 8 CFR 103.2(b)(2) exige probarlo y aportar prueba secundaria —registros parroquiales o escolares, y después declaraciones juradas—, que también debe traducirse.

Apostilla: cuándo hace falta y cuándo no

Cuba no es parte del Convenio de La Haya sobre la apostilla, de modo que sus documentos no pueden apostillarse; para su uso en países que exigen autenticación se legalizan por la cadena descrita más abajo. Nada en el 8 CFR 103.2(b) ni en las instrucciones de los formularios de USCIS exige la legalización de un documento civil extranjero ni de su traducción: para una solicitud ante USCIS el requisito es la traducción certificada.

Cuba: cuestiones que surgen en la práctica

Cuba no es parte del Convenio de La Haya sobre la apostilla. Los documentos para el exterior se legalizan: desde febrero de 2025 el Ministerio de Justicia (MINJUS) asumió del MINREX todo el procedimiento de legalización, y las certificaciones emitidas por la plataforma digital del MINJUS con firma electrónica del registrador ya no la necesitan. USCIS no exige la legalización de una certificación cubana: exige la traducción certificada al inglés.

Cómo se entrega la traducción

Envíe un escaneo o una foto del documento e indique adónde va: USCIS, el National Visa Center, un consulado, un tribunal, un comune italiano. En menos de un día hábil recibirá un presupuesto por escrito con el alcance, el formato, la notarización si hace falta y el plazo. La traducción sigue las convenciones que esperan USCIS y los tribunales estadounidenses: se conserva en lo posible la disposición del original, se señalan sellos y firmas, se respeta la numeración de páginas, se indica cualquier parte ilegible y cada nombre se reproduce exactamente como aparece en el original, con sus tildes y sus dos apellidos (véase el apellido en los documentos oficiales). Se entrega un PDF de la traducción con el certificado de exactitud firmado; los originales notarizados se envían por mensajería cuando se requieren. Las tarifas están en la página de tarifas.

Preguntas de los clientes

¿Tengo que enviar el original del certificado de Cuba?

No. Un escaneo o una fotografía nítida bastan para traducir, y las instrucciones de los formularios de USCIS piden copias de los documentos de apoyo. USCIS puede pedir el original más adelante conforme al 8 CFR 103.2(b)(5); guárdelo.

¿USCIS exige apostilla?

Ninguna disposición del 8 CFR 103.2(b) ni de las instrucciones de los formularios la exige. La apostilla importa cuando el documento va a un consulado o a un registro extranjero que exige autenticación, o cuando un documento estadounidense va a usarse en Cuba.

¿Puedo traducirlo yo mismo o pedírselo a un familiar?

El reglamento exige la certificación firmada del traductor sobre integridad, exactitud y competencia. Una traducción certificada por un profesional independiente evita cualquier duda sobre competencia o interés en el resultado, y es lo que los adjudicadores están acostumbrados a ver.

¿Y si el acta tiene notas manuscritas al margen?

Forman parte del documento y se traducen íntegramente: en las notas marginales se anotan matrimonios, divorcios, legitimaciones y correcciones, y a menudo son la razón por la que se pidió el documento.

Fuentes

Consultadas el 21 de septiembre de 2026:


Esta página tiene una finalidad meramente orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye el consejo de un abogado habilitado en la jurisdicción correspondiente. La terminología varía entre países y entre los sistemas de derecho civil y de common law; las equivalencias indicadas son las más habituales en la práctica transfronteriza.

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